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Hermandad MexicanaNacional

Perdones

USCIS I-601A, I-601, I-212

Preparamos perdones de inmigración, como el perdón provisional I-601A, para que pueda obtener su residencia a pesar de la presencia ilegal u otros obstáculos.

¿Para quién es?

  • Tiene un cónyuge o padre ciudadano o residente que sufriría un “daño extremo”
  • Tiene una petición familiar aprobada
  • Necesita un perdón por presencia ilegal, una entrada anterior u otra causa

Tipos de perdones

  • I-601A (perdón provisional): se pide desde EE. UU. antes de salir a la entrevista consular, para el castigo de 3 o 10 años por presencia ilegal.
  • I-601: para otras causas de inadmisibilidad, como ciertos antecedentes penales o fraude.
  • I-212: permiso para volver a solicitar después de una deportación.

La clave: el daño extremo

Debe demostrar que su cónyuge o padre ciudadano o residente sufriría un daño extremo si usted no puede quedarse. Le ayudamos a reunir evidencia médica, económica, familiar y de las condiciones en su país.

Cómo trabajamos su caso

El mismo proceso claro en cualquiera de nuestras oficinas.

  1. 1. Consulta

    Revisamos su historial y le decimos si califica y qué opción le conviene.

  2. 2. Documentos

    Le damos una lista clara de documentos y le ayudamos a reunir lo que falta.

  3. 3. Preparación y envío

    Llenamos y revisamos sus formularios y los enviamos a USCIS con la evidencia.

  4. 4. Seguimiento

    Le ayudamos con citas de huellas, solicitudes de evidencia (RFE) y la preparación para su entrevista.

Hable con nosotros hoy

La primera conversación es para entender su caso. Llame o agende una consulta en la oficina más cercana.

Reciba ayuda en cualquiera de nuestras 22 oficinas

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